Skip to content

Supremo no pedirá al PSOE sus cuentas por ahora en caso Koldo

octubre 24, 2025

El magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha decidido no requerir “por el momento” al Partido Socialista Obrero Español (PSOE) información detallada sobre sus movimientos de caja desde el año 2017. Esta decisión se produce en el contexto de las declaraciones como testigos previstas para la próxima semana, en las que comparecerán el ex gerente de Ferraz, Mariano Moreno, y la secretaria Celia Rodríguez.

El Partido Popular (PP), en su papel de acusación popular, había solicitado al Supremo que se requiriera al PSOE el detalle de sus movimientos de caja, incluyendo ingresos desde cuentas bancarias, especificando las salidas, los conceptos y los perceptores de todo el dinero que ingresó a la caja del partido desde 2017. Celia Rodríguez es señalada por haber entregado sobres con efectivo al exministro José Luis Ábalos y a su asistente, Koldo García, como compensación por gastos adelantados.

Según la providencia dictada este viernes, el magistrado ha tomado esta decisión “sin perjuicio, lógicamente, del resultado de las referidas declaraciones testificales a cuya vista se acordará lo procedente”.

Supremo no pedirá al PSOE sus cuentas por ahora en caso Koldo
*Imagen referencial generada por IA.

La solicitud del PP incluía no solo el resumen anual de los movimientos de caja, sino el detalle de cada uno de ellos.

Informe de la UCO

Los populares argumentaron que era esencial contar con esta información para las comparecencias de Moreno y Rodríguez. La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil identifica a Rodríguez como la persona encargada de entregar a Koldo García los sobres con dinero en efectivo destinados tanto a él como a Ábalos.

El magistrado Puente acordó citar a los testigos tras recibir un informe de la UCO que señala la existencia de una reserva de dinero en efectivo de origen desconocido que Koldo García gestionaría para Ábalos. Entre los ingresos en metálico percibidos por ambos, la Guardia Civil alude a sobres con dinero en efectivo del PSOE, explicando que algunos tienen justificación como reembolsos por gastos anticipados, pero otros no.

El PP defendía que, para aprovechar las testificales programadas, era necesario “contar con un mínimo soporte documental que ilustre la gestión de los flujos de efectivo realizada por el PSOE en el período objeto de investigación”. El magistrado, sin embargo, ha considerado que no es pertinente en este momento. La providencia indica que contra esta negativa cabe recurso ante el propio instructor y ante la sala de apelación del Tribunal Supremo.

Contexto

Este caso se enmarca dentro de una investigación más amplia sobre presuntas irregularidades y manejo de fondos. La transparencia en la gestión de recursos por parte de los partidos políticos es un tema de interés público, y cualquier investigación al respecto genera atención debido a las implicaciones que podría tener en la confianza ciudadana y el funcionamiento del sistema democrático.

La decisión del juez de no solicitar de inmediato la información financiera al PSOE es un punto clave en el desarrollo de la investigación. La información solicitada podría arrojar luz sobre el origen y destino de ciertos fondos, pero el juez ha considerado que es prematuro solicitarla hasta escuchar los testimonios programados.

Claves y próximos pasos

  • La decisión del juez de no requerir la información al PSOE “por el momento” es central.
  • Las declaraciones de los testigos serán cruciales para determinar si se solicita o no la información financiera más adelante.
  • Se espera que las declaraciones de los testigos arrojen luz sobre el manejo de fondos y la posible implicación de diferentes actores.

FAQ

¿Cómo me afecta? Como ciudadano, este caso afecta la percepción sobre la transparencia y la rendición de cuentas de los partidos políticos.

¿Qué mirar a partir de ahora? Estar atento a las declaraciones de los testigos y la posterior decisión del juez sobre si solicitar o no la información financiera al PSOE.

Fuente original: ver aquí