Home / Actualidad / Proveedores deberán implementar botón de arrepentimiento para compras

Proveedores deberán implementar botón de arrepentimiento para compras

A través de la Disposición 954/2025, publicada en el Boletín Oficial, la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, dependiente del Ministerio de Economía, estableció que los proveedores deberán implementar un “Botón de arrepentimiento” y un “Botón de baja de servicio” en sus plataformas digitales o sitios web. Esto permitirá a los consumidores revocar compras y cancelar servicios contratados a distancia.

Según la subsecretaría, los proveedores que comercialicen bienes y servicios a distancia deben tener visible, en un lugar destacado y en el primer acceso, un link denominado ‘Botón de arrepentimiento’. Este permitirá al consumidor solicitar la revocación de la aceptación del producto adquirido o del servicio contratado.

Además, al momento de hacer uso del botón, el proveedor no podrá requerir al consumidor registración previa ni ningún otro trámite adicional.

En el caso de la adquisición de entradas para espectáculos, eventos deportivos o artísticos, el plazo de 10 días para ejercer el derecho de arrepentimiento comenzará desde la entrega de las entradas o comprobante de pago, lo que ocurra primero. El consumidor deberá notificar al proveedor con un mínimo de 24 horas de antelación al evento.

La opción del botón de arrepentimiento no será válida si el consumidor ha utilizado el producto o servicio, si se trata de fines de reventa, o si se adquieren productos perecederos. También se implementará un “Botón para baja de servicios”, que deberá ser visible y permitirá al consumidor solicitar la baja del servicio contratado sin requerir registro previo.

Finalmente, las empresas proveedoras deberán establecer un horario de atención para consultas o reclamos que no será inferior a los días y horarios en que operen comercialmente, y deberán informar en sus páginas web los medios de contacto disponibles.

Fuente original: ver aquí