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La Justicia ordena a “Toto” Caputo entregar información sobre el FMI

El juez federal de Dolores, Martín Bava, dictó una orden para que el Ministerio de Economía entregue en un plazo de cinco días el expediente completo del DNU 179/2025, que aprobó un crédito de USD 20.000 millones con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Esta decisión se enmarca en un amparo presentado por la Coordinadora de Abogadxs de Interés Público (CAIP) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS). El juez advirtió que en una sociedad democrática es fundamental que las autoridades estatales se adhieran al principio de máxima divulgación, el cual establece que toda información debe ser accesible.

El 27 de junio de 2025, el abogado Francisco Verbic, en representación de la CAIP, junto a Leonel Bazán y Diego Morales del CELS, interpusieron una acción de amparo contra el Estado Nacional, específicamente contra el Ministerio de Economía, para que se declare la ilegalidad de la negativa a brindar información pública sobre el decreto que aprobó las operaciones con el FMI.

Los organismos denunciaron que el Ministerio de Economía, bajo la dirección de Luis Caputo, violó la Ley de Acceso a la Información Pública y trató de ocultar información mediante maniobras administrativas. Aunque el Ministerio dio trámite al pedido según la Ley 27.275, solicitó una prórroga para entregar el expediente, pero luego optó por un procedimiento administrativo que no cumplía con la ley.

El juez Bava enfatizó que el Estado debe acatar la ley que garantiza el acceso a la información pública, sancionada en democracia, por encima de cualquier normativa de un gobierno de facto. Reafirmó que toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información pública sin necesidad de justificar su solicitud, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 27.275.

La decisión del juzgado resalta la importancia del acceso a la información pública como un mecanismo de control democrático sobre las decisiones estatales, especialmente en políticas económicas de gran impacto, como la firma de un acuerdo con el FMI. El fallo también incorpora argumentos de la Corte Suprema, que establece que la información pública pertenece a la sociedad y no al Estado.

Según la Corte, el derecho a acceder a la información generada por el Estado es fundamental y no requiere que los solicitantes demuestren un interés especial o enfrenten obstáculos burocráticos, constituyendo así un derecho humano protegido.

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