La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha ordenado trasladar a España a una mujer afgana y a su hija, que se refugiaron en Irán huyendo de los talibanes, según una sentencia del 24 de julio. Con esta decisión, los magistrados buscan que las afectadas puedan presentar en España, en un entorno más seguro, una solicitud de protección internacional. Además, la sentencia instruye al embajador español en Irán a proporcionar a las solicitantes la documentación necesaria para su traslado a territorio español.
Los magistrados destacan la precariedad en la que se encuentra esta ciudadana afgana, a quien describen como “una mujer activa en defensa de los derechos de las mujeres en su país”. En Afganistán vivía sola con su hija tras la desaparición de su marido y sus hijos varones. Para subsistir, se vio obligada a trabajar como instructora de costura a pesar de tener formación universitaria. Con la llegada al poder de los talibanes, decidió huir a Irán, donde le exigían contraer matrimonio.
Decisión del embajador
La sentencia corrige la decisión del embajador español en Teherán, quien el 31 de marzo de 2025 había rechazado las solicitudes de la mujer, argumentando que “no se daban las condiciones para el traslado a España”. Sin embargo, los jueces resaltan que la situación en Irán provoca temores de que puedan ser devueltas a Afganistán y caer en manos de los talibanes.
El fallo menciona que un informe de la Agencia de Asilo de la Unión Europea concluye que “con carácter general se considera necesario conceder protección internacional a las mujeres y niñas afganas”. Los magistrados advierten que la solicitud de asilo se analizará con detalle una vez que las solicitantes lleguen a España.
Asilo para las mujeres
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó en octubre pasado que los Estados miembros pueden considerar el sexo y nacionalidad de las afganas para otorgarles asilo en la UE, dado que las medidas discriminatorias del régimen talibán constituyen actos de persecución. La corte, con sede en Luxemburgo, respondió a una cuestión prejudicial sobre el caso de dos mujeres afganas que apelaron ante el Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo de Austria contra la negativa de las autoridades a reconocerles el estatuto de refugiadas.
El TJUE también afirmó que algunas de las medidas contra las mujeres son “actos de persecución”, ya que representan una grave violación de derechos fundamentales, como el matrimonio forzado, que se asemeja a la esclavitud, así como la falta de protección contra la violencia de género y doméstica, que constituyen formas de tratos inhumanos y degradantes.
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