La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado al juez Central de Instrucción número 6, Antonio Piña, que permita al PSOE y al resto de partes personadas en el caso Tándem acceder a los últimos audios incorporados a la causa. Este caso investiga las denominadas cloacas policiales y tiene como principal imputado al excomisario José Manuel Villarejo.
Entre los audios a los que se permitirá el acceso se encuentran aquellos relacionados con la exsecretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, que fueron mencionados durante las sesiones de la comisión sobre la ‘Operación Cataluña’. Estos audios están vinculados con el espionaje al que fue sometido el extesorero del PP, Luis Bárcenas, en el marco del caso Kitchen.
El auto de la Sección Tercera, al que ha tenido acceso este medio, responde a la solicitud de la acusación popular ejercida por el PSOE. El tribunal considera que, a menos que las actuaciones estén declaradas secretas, las partes personadas tienen derecho a acceder a las diligencias o pruebas. Negar este acceso, según el auto, privaría a las partes de la información necesaria para formular alegaciones o recursos de manera eficaz en relación con la pertinencia y relevancia de las pruebas.

El auto subraya que el acceso directo a las actuaciones no puede ser reemplazado por el conocimiento adquirido a través de los medios de comunicación u otras fuentes similares. Se argumenta que no existen garantías de que la información obtenida por estos medios se ajuste a la realidad procesal.
No obstante, los magistrados señalan que este acceso no impide que el instructor adopte las medidas necesarias para evitar la afectación de secretos oficiales. Esto podría incluir un análisis de impacto o la exhibición de los archivos en la sede judicial sin expedición de copias, en caso de que fuese preciso para preservar el derecho a la intimidad o impedir daños a terceros ajenos a la causa.
Los audios reclamados por el PSOE fueron obtenidos mediante descargas realizadas de fuentes abiertas y se incorporaron a la pieza 34 de las actuaciones. Esta pieza está destinada a recopilar las informaciones publicadas relacionadas con la causa y analizarlas para determinar si se corresponden con material aprehendido y analizado o si se trata de datos nuevos.
Esto incluye un pendrive aportado voluntariamente en comisaría por Javier Pérez Dolset, imputado por la quiebra de su tecnológica. El pendrive contenía “37 audios y otros documentos relacionados” con la causa, “que, según afirmaba, recopilaba y estaban a la venta”. Pérez Dolset es el mismo empresario que acompañó a la exmilitante socialista Leire Díez durante una rueda de prensa en la que Díez buscaba pruebas para desprestigiar al teniente coronel Antonio Balas, de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.
Entre los audios a los que ahora podrán tener acceso las partes aparecen varios de Cospedal, quien llegó a estar imputada en la Audiencia Nacional, junto a su jefe de gabinete y su exmarido Ignacio López del Hierro. Sin embargo, se dictó el sobreseimiento provisional de las actuaciones respecto a ellos, decisión confirmada por la Sala de lo Penal.
En la pieza Kitchen están procesados, entre otros, el exministro del Interior Jorge Fernández Díaz y su secretario de Estado de Seguridad, Francisco Martínez. El PSOE consideraba que, a partir de los últimos audios conocidos, se podía investigar si su responsabilidad se extendía a la entonces secretaria general del partido y al que era presidente, Mariano Rajoy.
Sin restricción
Tres días antes de que la Sala dictara este auto, el juez Piña había rechazado las pruebas solicitadas por Villarejo, entre las que figuraba interrogar a Pérez Dolset en relación con estos audios. El juez argumentó que “ninguna restricción existe en cuanto a su publicidad al margen de la presente causa”.
“Desconociéndose el origen o la fuente de los archivos de audio publicados en los medios de comunicación, lo cierto es que los archivos de audio procedentes de la pieza separada 34 no están sujetos a ninguna restricción publicitaria acordada judicialmente en el seno de la presente causa. Cuestión diferente es que no proceda su formal incorporación a la presente causa al resultar ajenos a los hechos objeto de investigación”, concluyó el juez.
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