A través de la Disposición 6132/2025, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) ha decidido prohibir la venta, distribución y uso del producto “Quemador Natural – Natural Gym – Té Verde Centella Asiática”. La medida se tomó tras detectar que se trata de un suplemento falsificado que, según el organismo, “representa un riesgo para la salud de los consumidores”.
La investigación se inició luego de que el Departamento de Control de Mercado de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud recibiera consultas sobre el producto, que se promovía en redes sociales como un complemento para bajar de peso. En su etiquetado, se presentaba como de “venta libre” y de “industria argentina”, además de exhibir una supuesta autorización de ANMAT con el número PM-2097.
El organismo constató que el producto se promocionaba como “natural”, alegando contener té verde y centella asiática. Sin embargo, incluía una referencia a una receta médica, sugiriendo que se trataba de una fórmula magistral. De acuerdo con la normativa vigente, estas preparaciones deben elaborarse exclusivamente en farmacias habilitadas, con prescripción para un paciente específico, y no pueden comercializarse bajo marcas comerciales.
Además, Anmat verificó que el número de registro “PM-2097” no existe en sus bases y no podría haber sido otorgado para un producto de este tipo. Esta irregularidad, sumada a la falta de información sobre el laboratorio elaborador, la composición real y las condiciones de fabricación, llevó al organismo a concluir que se trata de un producto falsificado y potencialmente riesgoso.
Como resultado, Anmat emitió una alerta pública para advertir a la población sobre la circulación de “Quemador Natural – Natural Gym” y notificó a la División de Delitos contra la Salud Pública de la Policía Federal. La denuncia fue registrada bajo el número 239/2025 y quedó radicada en la Fiscalía Federal Nº 1 de San Isidro, en el marco de la causa FSM 25628/2025.
Con el objetivo de proteger a los consumidores, el organismo dispuso la prohibición total del uso, distribución y comercialización del producto en todo el territorio nacional, sin importar su presentación, lote o fecha de vencimiento.
Fuente original: ver aquí