Madrid. 30.06.2025. Vehículo de la policía que ha trasladado a Santos Cerdán a prisión.

El juez del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha decidido mantener la prisión provisional del exsecretario de Organización socialista, Santos Cerdán, rechazando la solicitud de libertad planteada por su defensa. Esta decisión, comunicada el 18 de septiembre de 2025, se mantiene a pesar de que el magistrado ha adelantado que el encarcelamiento no se extenderá más allá de seis meses, lo que implica su salida de la cárcel de Soto del Real antes de finalizar el año 2026.

Razones para la denegación de la libertad

El juez argumenta su decisión basándose en la persistencia del riesgo de ocultación o destrucción de pruebas por parte de Cerdán, tal y como señalan tanto la Fiscalía Anticorrupción como la acusación popular. Puente recuerda la gravedad de los delitos imputados a Cerdán y la necesidad de asegurar la integridad de las pruebas para el juicio. Si bien reconoce la argumentación de la defensa sobre la limitación temporal de la prisión provisional para evitar la manipulación de pruebas (seis meses como máximo), el cómputo de este plazo se inicia desde el ingreso en prisión el 30 de junio de 2025, no desde el inicio de la investigación, como sostenía la defensa.

La defensa de Cerdán argumentaba que la investigación, que también afecta al ministro de Política Territorial, Víctor Ángel Torres, se inició sin la preceptiva autorización del Congreso, intentando así anular la instrucción. Sin embargo, el juez rechaza este argumento.

Desmentido del “complot político”

El auto judicial niega categóricamente la existencia de un “complot” entre el juez, Anticorrupción y la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil contra Cerdán por su actividad política, tal como alegaba la defensa. Se rechaza la falta de indicios que lo justifiquen, así como la afirmación de que Koldo García, cuyo móvil contenía audios relevantes para la investigación, fuese un colaborador policial. El juez recuerda que Cerdán ingresó en prisión el 30 de junio, por lo que no se ha llegado a la mitad del plazo máximo legal para la prisión provisional.

Información patrimonial y vínculos con Acciona

El juez destaca que las investigaciones sobre la situación patrimonial de Cerdán aún no han concluido. Señala discrepancias entre sus declaraciones tributarias y el origen de algunos ingresos bancarios, lo que ha requerido información complementaria recientemente aportada a la causa. Además, se investiga la posible relación económica entre Servinabar 2000 y Cerdán o su entorno, así como los posibles vínculos entre Servinabar 2000 y personas que actuaran en nombre de Acciona. La complejidad de estos análisis y el riesgo de ocultación o alteración de información justifican, según el juez, la continuación de la prisión provisional.

Indicios contra Santos Cerdán

El auto judicial reitera los indicios contra Santos Cerdán, ya expuestos en el auto de prisión y confirmados por la Sala de Apelación. Se destaca el hallazgo de archivos de audio en el móvil del exasesor Koldo García, donde Cerdán aparentemente reconoce el cobro de comisiones vinculadas a la adjudicación de obras públicas, su reparto a otros implicados y el compromiso de reclamar cantidades pendientes de cobro. El juez considera que, aunque es posible que Ábalos y García ignoraran quién pagaba las comisiones, Cerdán, indiciariamente, era quien las cobraba y distribuía.

Delitos imputados

El magistrado detalla que persisten motivos para considerar que Cerdán pudo cometer los ilícitos penales de pertenencia a organización criminal (artículo 570 del Código Penal), tráfico de influencias (artículo 428) y cohecho (artículo 419), motivos por los que se decretó su prisión provisional.

En resumen, el juez Leopoldo Puente mantiene la prisión provisional de Santos Cerdán, aunque prevé su liberación antes de 2026, una vez concluyan las investigaciones en curso y se garantice la integridad de las pruebas.

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