En Argentina, las veredas, espacios públicos destinados a la circulación peatonal, son propiedad y responsabilidad del municipio correspondiente. Sin embargo, el propietario del inmueble frente al cual se encuentra la vereda tiene la obligación de mantenerla en buen estado, libre de obstáculos y segura para los peatones. Esta responsabilidad incluye la construcción, reparación y limpieza.

Responsabilidad del propietario frentista

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), la Ley 5902 de Construcción, Mantenimiento y Reconstrucción de Aceras (sancionada en 2017) establece claramente que el propietario frentista es responsable de la construcción, mantenimiento, reparación y reconstrucción de las veredas. Esta obligación se aplica tanto en casos de daños causados por obras realizadas por el propietario en el frente de su propiedad, como por el desgaste normal del uso o por un mal uso de la vereda.

Excepciones a la responsabilidad del frentista

Existen excepciones a esta regla general. Si el daño a la vereda es consecuencia de obras realizadas por empresas prestadoras de servicios públicos, la responsabilidad de la reparación recae en dichas empresas. En caso de incumplimiento por parte de las compañías, los vecinos pueden realizar una denuncia a través de la línea gratuita 147 o en la sede comunal correspondiente.

De igual manera, si la vereda resulta dañada, parcial o totalmente, debido a obras del gobierno porteño o al crecimiento de raíces de árboles, la reparación corresponde al Ministerio de Espacio Público de CABA. Este principio se replica a nivel nacional, aunque las normativas específicas sobre el mantenimiento y uso de las veredas son determinadas por cada municipio.

Veredas dañadas por raíces de árboles

En CABA, para reclamar por veredas dañadas por las raíces de árboles, se debe presentar una solicitud en la sede comunal, llamar al 147 o utilizar la plataforma web de BA Colaborativa. La Ley N° 5902 establece que, en estos casos, el Gobierno de la Ciudad es responsable de la reparación, y el trámite es gratuito.

Emergencias por hundimiento de veredas

Ante situaciones de peligro inminente por hundimiento de veredas, se debe llamar a la línea 103 de emergencias en la vía pública.

Otros trámites y recomendaciones de mantenimiento

En CABA, para reemplazar rampas en mal estado o solicitar la construcción o reparación de rampas faltantes, se puede realizar la solicitud a través de la aplicación del 147, llamando al 147 o por medio de la web de Solicitudes. Para evitar la superposición de obras, los vecinos deben solicitar los permisos correspondientes al gobierno porteño a través de su página web.

Para el mantenimiento preventivo y evitar daños, se recomienda esperar 48 horas antes de lavar las veredas recién renovadas para evitar que las baldosas se aflojen. Además, se debe evitar estacionar vehículos en las veredas, usar detergentes y mangueras para su limpieza, obstruir la salida de pluviales y realizar plantaciones o colocar mobiliario sin la debida autorización.

Las denuncias por estacionamiento indebido de autos y motos en las veredas de CABA se pueden realizar a través de la aplicación del 147, llamando al 147 o ingresando a la web de Solicitudes.

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