**
El juez del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha rechazado todas las diligencias presentadas por la defensa de Santos Cerdán para intentar anular el caso Koldo. A pesar de las numerosas páginas presentadas por la defensa, argumentando la necesidad de investigar las propias pesquisas que conforman el caso, el juez no se ha mostrado convencido por ninguno de los argumentos expuestos.
Rechazo de las diligencias
Según el juez Puente, la defensa de Santos Cerdán, actuando como “paladín de terceros”, insinuaba que se había investigado a aforados sin la autorización del Congreso. Entre las diligencias rechazadas, se encontraba la solicitud de declaración como testigos de Antonio Balas, jefe de delitos económicos en la Unidad Central Operativa (UCO), y del comandante de la Guardia Civil Rubén Villalba, ya imputado en la causa en la Audiencia Nacional. La defensa también solicitaba información a la UCO sobre los aforados que pudieran haber sido investigados sin la autorización de la Cámara Baja, una petición que llevó a Sumar a solicitar información al Supremo sobre este punto. Sin embargo, el magistrado ha respondido con un tono irónico, señalando que la defensa de Cerdán parecía erigirse en “paladín de los derechos parlamentarios de terceros” o del “adecuado funcionamiento de la estructura constitucional”.
Cuestionamiento de las comunicaciones intervenidas
Junto a la solicitud de puesta en libertad de Santos Cerdán –sobre la cual el magistrado se abstuvo de pronunciarse hasta consultar a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones personadas–, los abogados Jacobo Teijelo y Benet Salellas cuestionaron la decisión del juez de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, de analizar las comunicaciones intervenidas a Koldo García, cuyo contenido originó las acusaciones que llevaron al ingreso en prisión de Santos Cerdán el pasado 30 de junio.

Análisis del auto del juez Moreno
El juez Puente recuerda que el auto del 4 de febrero de 2025 del juez Moreno no contenía ninguna diligencia relativa a persona aforada alguna, ya que se centraba en el análisis de las comunicaciones telefónicas de los tres investigados hasta entonces: el exministro José Luis Ábalos, su exasesor Koldo García y el comisionista Víctor de Aldama. El objetivo era averiguar si en los terminales de Aldama existía alguna comunicación con el ministro Ángel Víctor Torres (o sus subordinados), Santos Cerdán o cualquier otra persona aforada ante el Tribunal Supremo. Esta diligencia se basaba en la declaración del empresario en noviembre de 2024, donde comenzó a colaborar con la justicia, manifestando haber pagado comisiones a estos individuos, así como al PSOE, aunque las afirmaciones sobre el titular de Política Territorial no se han confirmado.
El juez Puente argumenta que la diligencia pretendía confirmar o descartar lo declarado por Aldama y añade que “es evidente que ni en esta causa especial ha resultado inculpado diputado o senador alguno (más allá de Ábalos, para quien se solicitó y obtuvo el correspondiente suplicatorio), ni se ha encargado tampoco a la policía judicial actuante más investigación que la referida”.
Legitimidad de las grabaciones
El juez Puente también rechaza las dudas de la defensa sobre la autenticidad de las grabaciones de audio que sustentan la acusación contra Cerdán. Si bien reconoce la legitimidad de la defensa para cuestionar la autenticidad de las grabaciones e incluso especular sobre una posible manipulación por parte de un tercero o del propio Koldo García Izaguirre, el juez descarta esta posibilidad. Puente argumenta que las conversaciones entre Koldo y Santos Cerdán debieron ser presenciales y grabadas por alguno de los presentes, restando importancia a los teléfonos que el comandante Villalba, imputado en el caso, le facilitó a Koldo.
La figura de Koldo García
Finalmente, la defensa intenta presentar a Koldo García como un “agente provocador” al servicio de la Guardia Civil, otra línea de defensa rechazada por el juez en su resolución.
Fuente original: ver aquí