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El Supremo inicia juicio oral al fiscal general por revelación de secretos

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha abierto juicio oral al fiscal general, Álvaro García Ortiz, por un delito de revelación de secretos. El magistrado Ángel Hurtado considera que hay indicios de que García Ortiz facilitó a un medio de comunicación el contenido de un correo electrónico confidencial enviado por el abogado de Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. En dicho correo, el abogado admitía haber cometido dos delitos fiscales para evitar un juicio.

El juez ha impuesto a García Ortiz una fianza de 150.000 euros para cubrir posibles responsabilidades económicas. Si no presenta la fianza en un plazo de cinco días, se procederá al embargo de bienes para asegurar dicha cantidad. La acusación, ejercida por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (Apif), solicita cuatro años de prisión para el fiscal general, mientras que esta asociación pide la pena máxima de seis años.

Detalles del juicio

El magistrado ha decidido no suspender de funciones a García Ortiz, como había solicitado la acusación, y ha remitido la decisión a la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado. El juez también ha dado un plazo de diez días al abogado del fiscal general para que presente su defensa ante las acusaciones formuladas.

El Supremo inicia juicio oral al fiscal general por revelación de secretos
*Imagen referencial generada por IA.

El correo en cuestión contenía información sensible sobre un ciudadano, que fue compartida en conversaciones privadas con el fiscal encargado del caso, lo que contraviene los principios de reserva y confidencialidad establecidos por la Fiscalía General del Estado.

Hurtado ha señalado que la filtración del correo afecta el prestigio de la institución fiscal y puede comprometer los principios de legalidad e imparcialidad que deben regir su actuación. El magistrado concluye que García Ortiz, al dar a conocer información confidencial, podría haber incurrido en un delito de revelación de secretos, conforme al artículo 417 del Código Penal.

Vacío legal sobre la suspensión

En relación a la solicitud de suspensión cautelar de funciones, el magistrado ha indicado que no existe una regulación que contemple esta medida para el fiscal general del Estado, lo que crea un vacío legal que debe ser abordado adecuadamente.

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