El Gobierno ha habilitado a los puestos de diarios para prestar servicios de casilla de correo como operadores postales, según el Decreto 629/2025 publicado en el Boletín Oficial. Además, se disolvió el Registro Nacional de Vendedores y Distribuidores de Diarios y Revistas.
De acuerdo con el decreto, “las paradas de diarios podrán prestar el servicio de casilla de correo, previa registración como operador postal ante el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), o mediante un acuerdo con un operador postal autorizado”. Este documento está firmado por el presidente Javier Milei y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.
El Gobierno también autorizó a los puestos de diarios a realizar entregas de correspondencia general, productos adquiridos por terceros a través del comercio electrónico, así como servicios relacionados con la papelería, tarjetas de crédito y débito, y documentos de identidad y pasaportes.
Asimismo, se derogó el Decreto 1025/00, que establecía el régimen jurídico para la venta y distribución de diarios y revistas en la vía pública, el cual fue considerado obsoleto y limitante para los actores involucrados en esta actividad.
Desde el Ejecutivo se indicó que el régimen aplicable a la venta y distribución de estos productos en lugares públicos “deviene innecesario” y que se busca “incentivar la libre competencia y la igualdad ante la ley”. Además, se mencionó el Decreto 1005/24, que desregula aspectos de la actividad postal, facilitando a quienes venden diarios y revistas el desarrollo de su actividad con una nueva regulación.
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